Dejar de pagar una tarjeta de crédito o un préstamo personal no es una decisión que nadie tome a la ligera. Sin embargo, miles de personas en España se encuentran cada año en esa situación sin haberlo buscado: una pérdida de empleo, una enfermedad, el cierre de un negocio o la acumulación progresiva de intereses que convierte una deuda manejable en algo imposible de sostener. Para estas personas, la cancelación de deudas bancarias y financieras mediante la Ley de Segunda Oportunidad representa una salida legal real, no una promesa vacía.
Qué deudas con bancos y financieras pueden exonerarse
La Ley de Segunda Oportunidad, reformada en profundidad por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, permite la exoneración de prácticamente cualquier deuda contraída con entidades del sistema financiero: préstamos personales, líneas de crédito, descubiertos en cuenta corriente, créditos al consumo, financiaciones aplazadas y deudas hipotecarias cuando la vivienda ya no es viable económicamente.
Uno de los tipos de deuda que más frecuentemente llega a los juzgados mercantiles son las tarjetas revolving. Sus tipos de interés —que en muchos casos superan el 20% TAE— hacen que el capital pendiente crezca con rapidez, convirtiendo una deuda inicial de unos pocos miles de euros en una obligación que supera con creces la capacidad de pago del afectado. Este tipo de producto también queda incluido en el pasivo exonerable, algo que los deudores desconocen con frecuencia.
El papel del acuerdo extrajudicial antes de llegar al juzgado
El procedimiento no empieza directamente en sede judicial. La norma exige un intento previo de negociación con los acreedores, la llamada fase de acuerdo extrajudicial de pagos, durante la cual se intenta alcanzar un plan de pago o una quita negociada que evite el concurso. Muchos bancos y financieras, especialmente cuando la deuda ha sido cedida a fondos de recobro, acceden a renegociar en esta fase.
Si no se llega a ningún acuerdo, el expediente pasa al Juzgado de lo Mercantil competente, donde el juez valora la situación patrimonial del deudor y, si concurren los requisitos de buena fe, concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Desde ese momento, las deudas incluidas en el procedimiento quedan extinguidas con plenos efectos legales: los bancos no pueden reclamarlas ni directamente ni a través de gestorías de cobro.
Qué ocurre con la vivienda habitual
El temor a perder la casa es, en muchos casos, el principal freno para iniciar el procedimiento. Sin embargo, la norma vigente protege la vivienda habitual cuando su valor es proporcional a las necesidades del deudor y esta es su residencia principal. Desde Exoneris señalan que en más del 95% de los casos que gestionan, los clientes conservan su domicilio habitual al término del proceso.
La paralización de embargos sobre nóminas, pensiones y cuentas bancarias se produce desde el momento en que se presenta la solicitud ante el juzgado, lo que supone un alivio inmediato para quienes viven bajo la presión constante de las reclamaciones. Quienes quieran conocer si cumplen los requisitos para acceder a este procedimiento pueden obtener una primera valoración sin coste a través de la web de Exoneris, con respuesta en un plazo de 24 a 48 horas.
