Cinco días para cuidar tras una operación sin ingreso hospitalario

JD & Aznar y Díaz Abogados Asociados aborda la defensa del permiso retribuido de cinco días en seguridad privada, un derecho que sigue generando conflictos cuando una intervención quirúrgica no exige ingreso hospitalario. La sentencia 81/2026, dictada el 6 de marzo por la Plaza número 11 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Barcelona, reconoce una compensación económica a una vigilante a la que su empresa concedió únicamente dos días. El caso permite explicar la importancia de la defensa jurídica que ejerce Juan Antonio Delgado Vallejo en esta materia y del apoyo sindical de Intersindical STSP para proteger la conciliación familiar.

El reposo domiciliario también justifica el permiso

La controversia comenzó cuando una vigilante solicitó cinco días de permiso para atender a la hija menor de su cónyuge, intervenida quirúrgicamente sin hospitalización. El justificante sanitario acreditaba la operación y prescribía reposo domiciliario. La empresa concedió dos días, cuestionando la acreditación de la necesidad de cuidados y la duración del reposo.

La resolución considera suficiente la documentación aportada en las circunstancias del caso y rechaza esa limitación. La ausencia de ingreso hospitalario no excluye el derecho: el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores contempla expresamente la intervención sin hospitalización que precise reposo domiciliario. El cuidado puede comprender las tareas necesarias para facilitar la recuperación, además de la atención física directa.

La sentencia aplica este criterio a la situación familiar acreditada y reconoce la compensación por los tres días que faltaban. Su alcance debe valorarse atendiendo a la justificación médica y a los hechos de cada supuesto.

La privación del cuidado puede causar daño moral

El fallo condena a la empresa al abono de 168,51 euros por los tres días de permiso no concedidos y de otros 751 euros por daño moral: un total de 919,51 euros. Para reconocer esta segunda cantidad, la magistrada valora que la trabajadora fue privada de cuidar a la menor durante el postoperatorio y utiliza como orientación la normativa sobre infracciones laborales. La indemnización responde a este caso concreto; no constituye una cantidad automática para cualquier denegación.

En seguridad privada, la organización de turnos hace especialmente importante documentar la solicitud, conservar el justificante médico y exigir una respuesta empresarial por escrito. Juan Antonio Delgado Vallejo, abogado de JD & Aznar y Díaz Abogados Asociados, defiende los derechos laborales de los profesionales del sector. La referencia a Intersindical STSP sitúa también el debate en el ámbito sindical, donde el acompañamiento de la plantilla facilita detectar restricciones y trasladar las controversias al asesoramiento jurídico.

Una resolución relevante para la conciliación

La sentencia muestra que una operación sin ingreso puede justificar el permiso de cinco días cuando existe reposo domiciliario prescrito. La respuesta judicial comprende, en este supuesto, tanto la compensación económica como la reparación del daño moral. La defensa jurídica y la acción sindical ayudan a que el ejercicio de estos derechos encuentre una respuesta efectiva.